Texto resolutivo para el Año Internacional de las Montañas

53o período de sesiones

Resolución adoptada por la Asamblea General

A/RES/53/24. Año Internacional de las Montañas, 2002

La Asamblea General,

Recordando la resolución 1998/30 del Consejo Económico y Social, del 29 de julio de 1998,
Recordando también las disposiciones pertinentes del Programa 21 relativas al desarrollo sostenible de las montañas,
Tomando nota de la labor que ya a realizado la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación para lograr el desarrollo sostenible de las montañas, sobre todo su función de Coordinadora Sectorial del Capítulo 13 del Programa 21,

1. Proclama el año 2002 Año Internacional de las Montañas;
2. Invita a la Organización de las Naciones Unidad para la Agricultura y la Alimentación a que actúe como organismo coordinador de las actividades del Año, en colaboración con los gobiernos, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y demás organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales;
3. Exhorta a los gobiernos, a las organizaciones nacionales e internacionales, a las organizaciones no gubernamentales y al sector privado a que hagan contribuciones voluntarias de conformidad con las directrices que ha fijado el Consejo Económico y Social para los años internacionales y los aniversarios, y a que presten otros tipos de apoyo al Año Internacional de las Montañas;
4. Alienta a todos los gobiernos al sistema de las Naciones Unidas y a todas las demás instancias a que aprovechen el Año Internacional de las Montañas para difundir la importancia del desarrollo sostenible de la montaña;
5. Pide al Secretario General que el presente, en su quincuagésimo quinto período de sesiones, un informe sobre el estado de los preparativos del Año Internacional de las Montañas.

54a Sesión plenaria
el 10 de noviembre de 1998

 

Mas información en el web SIGUIENTE.